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Requisitos y Documentos

La edad mínima para obtener el permiso de conducir de clase B es de 18 años, aunque podrás presentarte a las pruebas teóricas 3 meses antes.

DNI: presentar tu DNI el primer día del proceso de formalización de la matrícula en nuestra autoescuela Vía 6.

Si eres menor de edad, deberás venir con tu tutor legal.

ANTES DE IR A EXAMEN: obtener y presentar un certificado médico de aptitudes psicotécnicas, puedes realizar las pruebas en cualquier centro médico especializado. 

Las Pruebas que debes superar

Examen Teórico

Examen Práctico

Si realizas la formación y el examen con un vehículo con cambio de marchas manual podrás conducir tanto vehículos con cambio de marchas manual como automático.

Si realizas la formación y el examen con un vehículo con cambio de marchas automático sólo podrás conducir vehículos con cambio de marchas automático.

Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

Triciclos y cuadriciclos de motor. Hasta los 21 años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.

Ciclomotores.

Vehículos para personas de movilidad reducida.

Vehículos especiales y conjuntos, agrícolas o no agrícolas (cuya velocidad máxima no exceda de 40 km/h y su masa máxima autorizada de 3.500 kgs).

Se podrán conducir dentro del territorio nacional con el permiso de la clase B, con una antigüedad superior a dos años, automóviles sin remolque impulsados por combustibles alternativos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kg pero que no exceda los 4.250 kg, siempre que la masa que supere los 3.500 kg provenga exclusivamente del exceso de masa del sistema de propulsión respecto al sistema de propulsión de un vehículo de las mismas dimensiones que esté equipado con un motor convencional de combustión interna con encendido por chispa o por compresión, y siempre que no se incremente la capacidad de carga respecto al mismo vehículo (1).

Contacta con nosotros, estaremos encantados de hablar contigo.